El artículo 64 bis es un incentivo fiscal que permite a las empresas que financian proyectos de I+D+i de otras entidades obtener una deducción en su Impuesto sobre Sociedades. Es decir, si una empresa ayuda a financiar la investigación de otra, puede reducir parte de sus impuestos.
Entendiendo el Artículo 64 bis: Un Incentivo Fiscal para Financiar Proyectos de I+D+i
En los últimos años, las normativas fiscales de Bizkaia, Gipuzkoa y Araba han introducido un nuevo incentivo en materia de investigación, desarrollo e innovación (I+D+i): la deducción por participar en la financiación de proyectos de I+D, conocida coloquialmente como la «financiación mediante cesión de créditos fiscales«.
Este incentivo ofrece a las empresas que invierten y desarrollan proyectos de I+D+i una herramienta fiscal innovadora. Les permite «monetizar» las deducciones fiscales que generan y obtener financiación alternativa para llevar a cabo sus proyectos.
¿Quién se puede beneficiar de este tipo de incentivo?
Empresas de I+D+i o Investigadores que:
– Necesitan financiación para desarrollar sus proyectos de I+D+i.
– No pueden aprovechar las deducciones fiscales que generan debido a que su cuota en el Impuesto sobre Sociedades es insuficiente.
Inversores o Financiadores que:
– Son empresas que realizan actividades económicas y tienen una carga fiscal significativa.
– Están interesadas en impulsar proyectos innovadores de otras entidades y, al mismo tiempo, reducir su factura fiscal.
¿Qué beneficios les puede aportar?
Para las Empresas de I+D+i:
– Obtienen financiación alternativa sin necesidad de devolver el dinero.
– No diluyen su capital, es decir, no tienen que ceder parte de la propiedad de su empresa.
– Es compatible con otras fuentes de financiación tradicionales.
Para los Financiadores:
– Obtienen una rentabilidad del 20% sobre su inversión, independientemente del éxito del proyecto de I+D+i.
– Conocen proyectos innovadores en su entorno, lo que puede abrir puertas a colaboraciones futuras y oportunidades en sus propios procesos de innovación.
¿Qué requisitos debe cumplir la Empresa de I+D+i?
Solicitar un Informe Técnico de Calificación Fiscal antes de comenzar el proyecto. Este informe certifica que el proyecto cumple con los criterios para ser considerado de I+D+i.
Límites de Financiación:
– En Gipuzkoa y Araba, la empresa puede recibir hasta 1.000.000 € en tres años mediante este incentivo.
– En Bizkaia, no hay límite en el monto de financiación.